
Los socios deben celebrar una reunión o asamblea constituyente.
La asamblea constituyente debe celebrarse en presencia de un notario público o mediante la suscripción por parte de los socios del acta constitutiva ante el notario.
A la asamblea constituyente deben concurrir al menos 25 personas naturales y jurídicas o 4 personas jurídicas.
De los acuerdos de la asamblea, se debe dejar constancia en un acta constitutiva.
